Nacional Salario mínimo Seguridad Narcotráfico Generación Z Pensión Bienestar

Desecha TEPJF un recurso de 'El Bronco'

Ello significa que no se controvierte un acuerdo definitivo del Consejo General del INE, sino un oficio de un funcionario del INE por lo que el mismo no genera una afectación directa e irreparable sobre su derecho a ser votado. (ARCHIVO)

Ello significa que no se controvierte un acuerdo definitivo del Consejo General del INE, sino un oficio de un funcionario del INE por lo que el mismo no genera una afectación directa e irreparable sobre su derecho a ser votado. (ARCHIVO)

NOTIMEX

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó una demanda que presentó Jame Heliodoro Rodríguez Calderón, aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República.

La demanda fue promovida por Rodríguez Calderón contra la negativa de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE para que pudiera ejercer su garantía de audiencia con el objeto de revisar la totalidad de firmas de apoyo de la ciudadanía que le fueron desestimadas en su aspiración.

Durante la sesión de este miércoles el Pleno de la Sala Superior resolvió, por unanimidad de votos, el juicio identificado como SUP-JDC-189/2018, en el cual consideró notablemente improcedente la impugnación debido a que se controvierte una determinación intraprocesal que carece de definitividad.

Ello significa que no se controvierte un acuerdo definitivo del Consejo General del INE, sino un oficio de un funcionario del INE por lo que el mismo no genera una afectación directa e irreparable sobre su derecho a ser votado.

Además, la Sala Superior tiene pendiente el análisis y la votación del juicio SUP-JDC-186/2018 presentado por Rodríguez Calderón, conocido como "El Bronco", la semana pasada.

Leer más de Nacional

Escrito en: El Bronco

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Nacional

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Ello significa que no se controvierte un acuerdo definitivo del Consejo General del INE, sino un oficio de un funcionario del INE por lo que el mismo no genera una afectación directa e irreparable sobre su derecho a ser votado. (ARCHIVO)

Clasificados

ID: 1447650

elsiglo.mx