Vivir en la anarquía
Pareciera que México es un pueblo de leyes, y que la Carta Magna contiene todo lo necesario para que el ciudadano común conozca sus derechos y obligaciones; sobre todo en lo referente al capítulo de las Garantías Individuales; pero no es así; o para ser más precisos, la Constitución sí es clara respecto de nuestros derechos, pero las instituciones o los malos servidores de éstas, o no conocen las leyes del ámbito en el que trabajan, o conociéndolas violentan los derechos ciudadanos con alevosía, buscando un beneficio personal.
El comentario anterior viene al caso por una fotografía que recientemente (14 de marzo) apareció en el Siglo de Torreón, en la que se observa una camioneta, una motocicleta y a seis agentes de Fuerza Coahuila, (según el logo de uno de los vehículos), haciendo una revisión vehicular.
En muchos lugares de nuestra república diariamente las autoridades violentan de alguna manera los derechos de los ciudadanos; mientras que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se hace bolas con las leyes, según lo indican las notas contradictorias, publicadas en la misma edición del diario ya citado; la primera de ellas, relativa a la fotografía mencionada, dice en el titular: Explica SCJN alcances de revisiones de policía sin orden judicial, que sin motivo tal inspección no aplica, y agrega: “De acuerdo con una tarjeta informativa del máximo tribunal, los policías sólo pueden realizar inspecciones cuando se encuentran en una investigación criminal. Mediante dicha tarjeta explicó que la declaración de constitucionalidad de este tipo de actos de investigación realizada…, indica que la inspección de personas y vehículos por parte de policías a su libre arbitrio es una conducta prohibida.”; pero en otra nota del mismo diario, dice: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló por unanimidad que los policías puedan revisar a personas y vehículos sin previa autorización judicial; además, por mayoría de votos declaró constitucional la revisión forzosa cuando las personas no quieran someterse a ella. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) impugnó parte del Código Nacional de Procedimientos Penales, que permite a elementos policiales realizar revisiones de personas y vehículos sin una orden de un juez, por considerar que se transgrede los derechos a la libertad de personas y tránsito…” ¿Entendió usted?, porque yo no. ¿Son legales o no, los retenes de “seguridad”? ¿Pueden, legalmente, los policías detener a quien les parezca sospechoso, de acuerdo a su criterio personal, a su intuición o a su estado de ánimo? ¿Qué podemos hacer los ciudadanos cuando seamos detenidos y revisados en pertenencias y vehículo, cuando los supuestos policías portan amenazantes armas de fuego? ¿Estamos en un país de leyes o en un estado anárquico, en el que, quien tiene las armas tiene el poder y hace lo que quiere sin importar las garantías constitucionales?
Seguramente usted, amable lector, ha transitado de Gómez Palacio a Torreón o viceversa por el puente plateado, y ha visto que de tres carriles la vialidad se reduce a dos y finalmente a uno, y la reducción de la velocidad es obligada por la circunstancias, pues hay policías vigilantes de cualquier conducta vial que les parezca sospechosa, y hemos sido testigos más de una vez, de revisiones que se hacen a vehículos y personas. ¿Tienen una orden judicial? ¡No!, pero lo hacen porque pueden y quieren alimentar su ego de superioridad.
Hoy, más que nunca es necesario contar con servidores públicos confiables y que no vean moros con tranchete en cualquier automovilista, pues con esa actitud prepotente, lo único que se logra es una animadversión hacia las instituciones de gobierno.
Héctor García Pérez
Comarca Lagunera