Contraloría. La Contraloría Municipal aun no ha establecido si hay o no delito por falta de elementos en la investigación. (EL SIGLO DE TORREÓN)
El Ayuntamiento de Lerdo no sólo investigará si existe o no conflicto de intereses en el caso del director de Servicios Públicos del Municipio, Luis Gerardo Mauricio Núñez, sino que también abrirá una investigación con el fin de identificar a la o las personas que habrían filtrado esa información al presidente del PRD, José Antonio Valenzuela Hernández.
Como se recordará, Valenzuela obtuvo documentos internos de la Presidencia de Lerdo que prueban que hubo transferencias bancarias por un total 320 mil pesos que hizo el Ayuntamiento de Lerdo en al menos dos ocasiones al hoy director de Servicios Públicos a unos días de que obtuviese este nombramiento, pues antes de desempeñarse como tal era proveedor del Ayuntamiento de Lerdo.
La denuncia del PRD fue presentada en la Contraloría Municipal a cargo de Ricardo Olivares el pasado viernes, pero hasta este lunes esta área no pudo descartar ni tampoco afirmar si hubo o no delito que perseguir puesto que diversas áreas se encuentran implicadas en la investigación y es periodo vacacional, por lo cual no pueden ser citados sus responsables para aclaraciones, al menos de momento.
Olivares dijo que será hasta la próxima semana cuando se pueda tener mayor información, ya que tanto la ley de responsabilidades de los servidores públicos del estado y sus municipios, así como la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del estado de Durango, prohiben a un funcionario ser proveedor del Municipio.
El Ayuntamiento informó también que abrirá una investigación con respecto a la filtración de esta información que cabe resaltar es de carácter público debido a que esta y otra información se encuentra bajo la responsabilidad de los servidores públicos.
Al respecto, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública a nivel federal establece en su Artículo 70 que en la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada en los respectivos medios electrónicos de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social -según corresponda- la información, por lo menos de los temas, documentos y políticas que en esta propia ley se señalan.
Algunos de ellos son las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
También las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquellos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.
Igualmente deben difundir la información de los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza.