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Metropolización es inevitable: IMCO

Metropolitana. El Imco planteó una ruta crítica que los municipios pueden seguir para generar marcos normativos adecuados y lograr la coordinación.

Metropolitana. El Imco planteó una ruta crítica que los municipios pueden seguir para generar marcos normativos adecuados y lograr la coordinación.

FABIOLA P CANEDO

El Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco) señala que la metropolización de las ciudades es inevitable y que las autoridades municipales, estatales y federales de los municipios que conforman ciudades que sobrepasan límites administrativos están obligadas a generar marcos normativos para coordinarse de manera efectiva por el bien de los ciudadanos.

La coordinación metropolitana parte desde convenios de colaboración, que ofrecen la flexibilidad necesaria para que gobiernos municipales y estatales diseñen esquemas de coordinación que mejor se ajusten a su contexto particular. Sin embargo, al no contar con lineamientos generales que aseguren la inclusión de elementos mínimos para la generación de acuerdos intermunicipales e intergubernamentales eficaces, existe el riesgo de que resulten inefectivos.

Para lograr una cooperación efectiva, el Imco propone una ruta crítica con siete pasos clave para las autoridades encargadas de la implementación de mecanismos de cooperación para el desarrollo metropolitano. El primero es definir el territorio de influencia metropolitana. La delimitación de las zonas metropolitanas de México publicada por el Conapo se aplica igual a todas las ZM del país, esto la hace rígida y por lo mismo puede haber discrepancias entre la delimitación establecida y la percepción de los actores locales de cada ZM, como ocurre en Europa. Las autoridades involucradas en el proceso de metropolización, así como la sociedad civil deberían de evaluar la pertinencia de la delimitación propuesta por el Conapo y determinar, por medio de un grupo técnico, el territorio efectivo de influencia metropolitana.

El segundo, reconocer el fenómeno metropolitano. Las autoridades locales y estatales deben reconocer la existencia de la dinámica metropolitana. Esto implica incluir la perspectiva metropolitana en la planeación de toda obra pública, fomentar foros o espacios de diálogo con presencia de otros alcaldes, gobernadores o autoridades federales donde se aborden temas metropolitanos. El reconocimiento por parte de las autoridades del fenómeno metropolitano es fundamental para iniciar los procesos de coordinación. La sociedad civil juega un papel decisivo para fomentar esto. Es necesario generar información constante y validada sobre el crecimiento o comportamiento territorial de la mancha urbana que es el detonador de los desafíos metropolitanos.

Tercero, definir áreas prioritarias para la cooperación. Tanto las autoridades como la sociedad civil, que debe de formar parte del proceso de coordinación metropolitana, deben de tener claras las áreas o ámbitos en los que tendrá influencia la coordinación. Cuarto, crear un marco normativo para la gobernanza multisectorial e intergubernamental. Las autoridades y sociedad civil involucrada deben determinar en conjunto las leyes, convenios, instancias y atribuciones de dichas instancias necesarias para una coordinación eficaz, contemplando la participación de los tres niveles de gobierno.

El quinto, instituir figuras metropolitanas con atribuciones para diseñar, coordinar y vigilar la ejecución de la agenda metropolitana. Este paso lo deben ejecutar las autoridades estatales y locales a través de leyes estatales o de convenios de cooperación metropolitana. Las figuras metropolitanas deberán elaborar los Programas de Desarrollo Metropolitano, de Ordenamiento Territorial Metropolitano y demás instrumentos de planeación y programación. Tal como sucede con el Imeplan de la ZMG, estas figuras deben contar con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones.

Sexto, generar programas de inversión metropolitana. Una de las atribuciones de las figuras de coordinación metropolitana debe ser la generación de un programa de inversión metropolitana en el que se contemplen proyectos para los que se destinarán recursos federales y estatales con aplicación metropolitana, así como aquellos provenientes del Fondo Metropolitano.

El séptimo paso es cambiar las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano para que la asignación de estos recursos esté sujeto al cumplimiento de los mecanismos de coordinación metropolitana. Esto es atribución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

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