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OMBUDSMAN FISCAL

EMBARGO DE DEPÓSITOS BANCARIOS POR PENSIÓN

ANDRÉS LÓPEZ LARA

Para comenzar este año, les platico el caso de un contribuyente que acudió a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) a presentar una Queja en contra del Servicio de Administración Tributaria (SAT), porque se enteró de que la cuenta bancaria en la que recibe los pagos de su pensión se encontraba inmovilizada.

El quejoso manifestó que al acudir a su institución bancaria le informaron que su cuenta estaba bloqueada por una orden de embargo emitida por el SAT de Oaxaca, derivado de los actos de cobro llevados a cabo respecto del crédito fiscal determinado por el Órgano Interno de Control de Petróleos Mexicanos (PEMEX); sin embargo, bajo protesta de decir verdad indicó que en dicha cuenta recibe exclusivamente el pago de su pensión.

PRODECON admitió la Queja y atendiendo al planteamiento del contribuyente, así como al hecho de que la cuenta bancaria embargada es de nómina y por ello está exceptuada de embargo de conformidad con el artículo 157, fracción XI, del Código Fiscal de la Federación, requirió a la autoridad fiscal para que informara por qué emitió la orden de inmovilización de los depósitos bancarios.

En respuesta la autoridad informó que controlaba un crédito fiscal a cargo del quejoso, el cual le fue determinado en marzo de 2017 por el Delegado de la Unidad de Responsabilidades de PEMEX, y que ante la falta de pago o garantía de dicho adeudo en el plazo que establecen las disposiciones fiscales, solicitó a la institución financiera que llevara a cabo la inmovilización de su cuenta bancaria, sin que tuviera conocimiento de que se trataba de una de nómina. También comunicó que no contaba con las documentales idóneas para dejar sin efectos su actuación, tales como el contrato o estados de cuenta originales en los que se observara que sólo recibía su pensión, por lo que el quejoso debería acudir ante la Administración Desconcentrada de Recaudación de Oaxaca "1" del SAT a presentar copias certificadas de dichos documentos.

Lo anterior se hizo del conocimiento del contribuyente, quien vía electrónica exhibió copia del contrato de apertura celebrado con la institución bancaria, así como del resumen de movimientos del perÍodo comprendido entre el 25 de julio y el 24 de agosto del 2017, con los cuales pretendía acreditar que en su cuenta bancaria recibía depósitos por concepto de su pensión; además, manifestó que le era imposible acudir a las oficinas de la citada autoridad, con motivo de la situación que se vivió en la Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Estado de Oaxaca,a consecuencia del sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, por lo que solicitó que a través del procedimiento de Queja se instara a la autoridad fiscal para que valorara la documentación aportada.

En razón de lo anterior, PRODECON realizó acciones de investigación que ya les hemos platicado son unA de las herramientas del procedimiento de Queja para buscar una solución al problema que el contribuyente haya planteado. En respuesta la responsable señaló que no era posible solicitar la desinmovilización de la cuenta bancaria del quejoso con dichos documentos, pues debería proporcionar los originales de los mismos.

En seguimiento y a efecto de encontrar una solución a la problemática del contribuyente, PRODECON realizó diversas gestiones con personal de la Administración Desconcentrada de Recaudación de Oaxaca "1", ofreciendo como respuesta su apoyo para trasladarse a la población de residencia del quejoso, a efecto de que pudiera exhibir el original del contrato de apertura de su cuenta bancaria. Se acordó fecha y hora y con ello pudo entregar dicha documental y demostrar que era una cuenta de nómina y que sólo recibía ingresos por su pensión, lo que permitió a la autoridad ordenar la desinmovilización de la cuenta, situación que fue confirmada por el contribuyente.

Este caso nuevamente pone de manifiesto la eficacia de la Queja para solucionar las problemáticas de los pagadores de impuestos, a través de un procedimiento sencillo que busca el acercamiento con las autoridades en un marco de confianza mutua.

No me queda más que desearles un 2018 exitoso y próspero, además de recordarles que si tienen un problema que provenga de una autoridad fiscal federal, como son el SAT, IMSS, INFONAVIT o CONAGUA, incluyendo a las de los estados cuando actúan como coordinadas respecto de impuestos federales, PRODECON puede apoyarlo, por lo que lo invito a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas o a través de nuestra página electrónica www.prodecon.gob.mx. Le recuerdo que nuestros servicios son totalmente gratuitos.

Hasta la próxima

Autor: Andrés López Lara, Subprocurador de Protección de los Derechos de los Contribuyentes de PRODECON

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