Falta. Por ley, servidoras y servidores públicos no deben quedarse con obsequios que les ofrezcan y que estén relacionados con su función.
Por ley los servidores públicos están impedidos para recibir obsequios con motivo de sus funciones, pero de hacerlo deberán ponerlo a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.
El Gobierno Federal que encabeza el presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer que la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), que entró en vigor el 19 de julio de 2017, contiene disposiciones de observancia obligatoria para todos los Servidores Públicos, como el impedimento legal para aceptar obsequios.
"En acato a esa legislación, los Servidores Públicos deben poner a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) los obsequios no solicitados que reciban, con el fin de que este Organismo Descentralizado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) les dé destino mediante su venta, donación o destrucción".
En caso de incumplir con esta obligación, los servidores públicos estarían incurriendo en una falta administrativa grave, que podría ser castigada con suspensión o destitución del empleo, sanción económica o inhabilitación temporal para ejercer un cargo público, a juicio del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Si el regalo, obsequio o dádiva para la persona servidora pública, su cónyuge, pariente, consanguíneos o terceros con los que la que tenga algún tipo de relación, es prometido, ofrecido, o entregado por un particular, éste puede incurrir, incluso, en cohecho, mismo que será sancionado en los términos de la misma ley.
Para el cumplimiento de la disposición establecida en el Artículo 40 de la LGRA, el SAE puso a disposición de todos los servidores públicos el formato para entregar los bienes que hayan recibido en forma de obsequios no solicitados.
El formato y un instructivo para su llenado para notificar y poner a disposición los bienes al SAE pueden se encuentra en la página web del Gobierno Federal www.gob.mx.