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Exonera el TEPJF a tres morenistas

También confirmó el desechamiento de quejas contra Delgado.

También confirmó el desechamiento de quejas contra Delgado.

También confirmó el desechamiento de quejas contra Delgado.

AGENCIAS

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó ayer las resoluciones de los tribunales electorales locales de Guerrero y Chihuahua, que declararon inexistentes promoción personalizada y actos anticipados de precampaña de Pablo Amílcar Sandoval y Cruz Pérez Cuéllar, aspirantes de Morena a las gubernaturas de esos estados.

También confirmó el desechamiento de quejas en contra del ahora presidente de Morena, Mario Delgado, por parte de su partido y del INE, por sobreexposición en medios durante campaña por la dirigencia nacional.

La aparición en espectaculares o medios de comunicación con su imagen, voz y entrevistas de Sandoval, exdelegado federal en Guerrero, y el senador Cruz Cuéllar, antes del proceso de selección de su partido, fue avalada por la mayoría de los magistrados.

En sentencias separadas, los magistrados hicieron valer argumentos similares en ambos casos , al defender la libertad de expresión, el ejercicio periodístico para promover materiales con los aspirantes cuestionados y no considerarlos propaganda indebida.

También fue así en el caso de las quejas contra Mario Delgado.

En los tres casos, los magistrados confirmaron decisiones de otras instancias jurisdiccionales.

Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra de la confirmación de la exoneración de los morenistas en Guerrero y Chihuahua, pero los otros cinco hicieron mayoría en las sentencias propuestas por los magistrados Indalfer Infante y Felipe Fuentes.

"(Se) propone confirmar la sentencia impugnada, porque la publicidad denunciada no contiene el elemento subjetivo de los actos anticipados de precampaña y campaña, y los aspectos a los que se refieren el actor, ni valorados en lo individual, ni en conjunto revelan de manera objetiva, unívoca e inequívoca el posicionamiento o la presentación de alguna plataforma, candidatura o precandidatura", señala la sentencia sobre el caso de Sandoval. 

 "La circunstancia de que algunas de las leyendas que contiene la publicidad sean de color guinda, no conduce a la conclusión objetiva, unívoca e inequívoca, de que ese elemento sea alusivo al partido político Morena... la frase que aparece en los espectaculares no puede ser vista como la presentación de una plataforma electoral", añade la resolución avalada a propuesta por el magistrado Fuentes.

En el caso de Pérez Cuéllar, el mismo magistrado, confirmó la resolución del tribunal electoral que consideró inexistentes la promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña y precampaña que denunció el PAN. 

"Este órgano jurisdiccional comparte el razonamiento en cuanto a que la exposición de su imagen obedece a un contexto publicitario comercial, dada la ausencia de frases o menciones que supongan una intencionalidad que tuviera como único propósito exponer la imagen del servidor público", señala la sentencia.

En tanto, por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior avalaron la propuesta del magistrado Felipe de la Mata, que confirmó el desechamiento de una queja por presunta sobreexposición  en medios  y promoción personalizada de Mario Delgado durante el proceso de elección de la dirigencia nacional de Morena.

"En el proyecto se plantean inoperantes los agravios, pues como se razona en el mismo, el recurrente no enfrenta directamente las consideraciones de la responsable para desechar la queja", dice la sentencia ante recurso presentado por el ciudadano Jaime López Vera. 

También, a propuesta del magistrado Infante, se confirmó el desechamiento de otra queja contra Delgado por razones similares, pero presentada ante la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena por el ciudadano Julio César Sosa López.

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Escrito en: actos anticipados de precampaña

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