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CORONAVIRUS LERDO

Por COVID-19 aprueban reformas en Lerdo a Bando de Policía y Gobierno

Se adiciona el artículo 146 BIS que hace referencia a las contingencias sanitarias

El secretario del Ayuntamiento, José Dimas López Martínez explicó que el Bando de Policía y Gobierno no contemplaba temas sobre contingencias sanitarias de ahí que hubo la necesidad de adicionar el artículo 146 BIS.
(EL SIGLO DE TORREÓN)

El secretario del Ayuntamiento, José Dimas López Martínez explicó que el Bando de Policía y Gobierno no contemplaba temas sobre contingencias sanitarias de ahí que hubo la necesidad de adicionar el artículo 146 BIS. (EL SIGLO DE TORREÓN)

ANGÉLICA SANDOVAL

En sesión extraordinaria y a puerta cerrada, el Cabildo de Lerdo aprobó por unanimidad las reformas al Bando de Policía y Gobierno donde se adiciona el artículo 146 BIS que hace referencia a las contingencias sanitarias.

Esta modificación se autoriza luego de la entrada en vigor del decreto por el cual se establecen en el Estado de Durango las acciones y medidas de mitigación y control en materia de salubridad general, derivadas de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

En este sentido y en base al decreto de la Ley General de Salud, se colocarán filtros sanitarios en todo el municipio, habrá campañas proponiendo el aislamiento total de las personas en su casa, el uso de cubrebocas es obligatorio y las personas que estén transitando en la vía pública deberán justificar que están realizando actividades esenciales tales como asistir al trabajo, surtir la despensa, adquiriendo medicamentos o recibiendo atención médica.

En los negocios que se encuentren abiertos por tener una actividad esencial, únicamente se deberá permitir el acceso a una persona por familia y mantener en los accesos áreas de sanitización.

Los espacios públicos serán clausurados con sellos o cintas durante la contingencia, quedan prohibidas las reuniones masivas y los negocios considerados como no esenciales deberán cerrar.

En los vehículos no podrán viajar más de tres personas, las instituciones bancarias deberán implementar las medidas necesarias para la sana distancia y se sanitizará todo el transporte público.

En la funeraria o el domicilio solo podrán velar el cuerpo dos horas y después dirigirse al panteón para sepultar el cadáver además de que las funerarias tendrán un horario de funcionamiento de 9:00 a 14:00 horas.

En las funerarias o en el domicilio, solo podrán estar como máximo diez personas para velar el cuerpo.

Cuando el fallecimiento de la persona haya sido causado por la emergencia sanitaria por el coronavirus, queda estrictamente prohibido el contacto con el cadáver por parte de familires y amigos.

El horario de los panteones también será de 9:00 a 14:00 horas y de igual manera solo se permitirá el acceso a diez personas.

También quedan suspendidas las actividades de los empacadores en los centros comerciales.

Estas medidas estarán vigentes única y exclusivamente por el tiempo que dure la emergencia sanitaria, en el entendido de que los habitantes que incumplan, serán sujetos a sanciones que van desde multas económicas, arresto hasta por 36 horas y trabajo comunitario.

La sesión extraordinaria de Cabildo se realizó a las 8:30 horas de este martes en el salón Azul de la presidencia municipal de Ciudad Jardín.

El secretario del Ayuntamiento, José Dimas López Martínez explicó que el Bando de Policía y Gobierno no contemplaba temas sobre contingencias sanitarias de ahí que hubo la necesidad de adicionar el artículo 146 BIS.

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