Dos ministras nombradas por el actual gobierno, Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel, que forman la Comisión de Receso de la Suprema Corte, concedieron una suspensión este 22 de diciembre al presidente de la Cámara de Diputados, el morenista Sergio Gutiérrez Luna, en la controversia contra la decisión del INE de suspender por falta de presupuesto algunas tareas para la consulta de revocación de mandato. La decisión obliga al INE a mantener activas todas las tareas de preparación de la consulta, aunque no tenga los recursos para completarlas.
La suspensión es cuestionable por varias razones. Una es que la Comisión de Receso, cuya función es tomar determinaciones urgentes mientras el pleno de la Corte no está en sesiones, ha adelantado criterios; en lugar de otorgar o rechazar una suspensión, ha entrado al fondo del asunto, que solo el pleno puede hacer. Además, ha tratado de resolver una cuestión electoral, que no puede definirse en una controversia constitucional.Las ministras señalaron que "con la concesión de la suspensión se favorece la continuidad de un ejercicio democrático y ciudadano". Añadieron que, según el artículo 29 constitucional, "los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general". También determinaron que "el presupuesto aprobado de 1,503 millones de pesos. constituye un indicador de viabilidad financiera". El INE ha documentado que requiere 3,830 millones de pesos para realizar la consulta en los términos que ordena la ley.
Las ministras están adelantando criterios. Olvidan que la controversia promovida por la Cámara de Diputados no es la única sobre el tema. También hay una del INE contra el Congreso por haberse negado a dar los fondos suficientes para la consulta. Las ministras de la Comisión de Receso, sin embargo, están actuando como si ellas pudieran definir los criterios con los que el pleno tendrá que dictar las sentencias sobre las dos controversias.
Las ministras decidieron que "los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos" y que el presupuesto de 1,503 millones de pesos tiene "viabilidad financiera". Son temas para el pleno. Olvidaron también que el artículo 105 de la Constitución, párrafo primero, señala expresamente que la Corte no podrá conocer las controversias en materia electoral. Lo ratifica el artículo 19 de la Ley Reglamentaria de ese artículo. La controversia pudo haberse rechazado por improcedente debido a esta prohibición constitucional; pero, aun en la duda, las ministras no podían decidir que el acto disputado tendría que llevarse a cabo hasta su conclusión. Esto le da a la suspensión carácter de sentencia definitiva, para la que la Comisión de Receso no tiene facultades.
El INE tendrá que obedecer el fallo, no tiene opción. Deberá organizar un ejercicio que no cumplirá con los requisitos de la propia ley. No se podrán instalar las 161 mil casillas previstas o no habrá suficiente personal capacitado. La calidad de la consulta, sin embargo, no le importa al presidente. Para él, todo el proceso es parte de una campaña de promoción de su persona y su gobierno. También es una forma de atacar al INE, que considera su enemigo.
Desde el punto de vista jurídico, lo importante es que las ministras de la Comisión de Receso se comportaron como si ellas fueran todo el pleno de la Corte y emitieron un fallo definitivo para el que no tienen facultades. Violaron, además, el artículo 105 de la Constitución.
INCAPAZ
AMLO declaró ayer que el gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García, es "incapaz de cometer una injusticia", a pesar de que las acusaciones de su fiscalía contra José Manuel del Río, secretario técnico del Senado, son endebles. El presidente se ha erigido en el juez mayor del país, el que exonera a los amigos y condena a los opositores.
Twitter: @SergioSarmiento