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Congreso del Estado de Durango convoca a Consejeros para el Instituto de Acceso a la Información Pública

Contará con un Consejo Consultivo para el mejor desempeño de sus funciones

 El Congreso del Estado de Durango convocó a la elección de 3 Consejeras o Consejeros Propietarios y 3 Consejeras o Consejeros Suplentes del Consejo Consultivo del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales. (ARCHIVO)

El Congreso del Estado de Durango convocó a la elección de 3 Consejeras o Consejeros Propietarios y 3 Consejeras o Consejeros Suplentes del Consejo Consultivo del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales. (ARCHIVO)

DIANA GONZÁLEZ

El Congreso del Estado de Durango convocó a la elección de 3 Consejeras o Consejeros Propietarios y 3 Consejeras o Consejeros Suplentes del Consejo Consultivo del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales.

De acuerdo con el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, el Instituto contará con un Consejo Consultivo para el mejor desempeño de sus funciones,  que estará integrado por tres Consejeros cuyo cargo será honorífico por un plazo de tres años, por lo tanto, no tendrá remuneración y no generará relación laboral alguna con el Instituto. El pleno de la LXVI Legislatura del Congreso del Estado, los elegirá a más tardar el 31 de julio del 2021.

La convocatoria va dirigida a las ciudadanas y ciudadanos duranguenses, a las Instituciones Públicas y Privadas de Educación Superior, a los Colegios y Asociaciones de Profesionistas del Estado, las organizaciones de la sociedad civil que promuevan y defiendan la protección, observancia, estudio y/o divulgación de los derechos humanos y del derecho de acceso a la información, a inscribirse, o en su caso, a que propongan a ciudadanas y ciudadanos a participar en el procedimiento ya citado.

Los Consejeros deben ser ciudadanos mexicanos por nacimiento en pleno goce de sus derechos políticos y civiles, tener treinta años de edad como mínimo al día de su nombramiento, presentar por escrito la solicitud de aspirante, gozar de buena reputación y reconocido prestigio y no haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delito doloso que amerite pena corporal.

En su integración se deberá garantizar la igualdad de género y la inclusión de personas con experiencia en la materia de esta Ley y en derechos humanos, provenientes de organizaciones de la sociedad civil y la academia. Las instituciones u organizaciones de las que procedan no ejercerán en ellas representación alguna.

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Escrito en: Congreso del Estado de Durango

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