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Impactos y aclaraciones sobre el Proyecto de Agua Saludable para La Laguna

A la ciudadanía

MANUEL VALENCIA CASTRO

Reconozco que son tiempos de desamarrar nudos y llegar a acuerdos en los importantes temas del agua en La Laguna, y de la conservación de sus ecosistemas. Pero para esto es importante hablar con la verdad y dejar ya de decir mentiras o imprecisiones que no suman nada al esfuerzo de construir acuerdos y que por el contrario aprietan más los nudos, por eso es importante aclarar algunos de los mitos creados en declaraciones poco informadas, con el ánimo de sumar a los consensos.

Con respecto al Parque Estatal Cañón de Fernández (PECF) se ha dicho y repetido muchas veces que no será afectado porque la construcción de una presa derivadora y la desviación del río se encuentran en una zona de amortiguamiento del PECF, ubicada fuera del Cañón de Fernández. Desde que se inició el debate público, principalmente en los medios y en las redes sociales, hubo confusión de términos, se confundía, por ejemplo, el Cañón de Fernández con el PECF, confusión que permitió decir otra mentira: que las obras mencionadas iban a quedar fuera del Área Natural Protegida (ANP), esto como lo dice Julián Parra en su columna A la Báscula, lo único que ha ocasionado es un enredo del que no se ha podido salir.

Luego se confundió las zonas núcleo del PECF con una frase que parece el título de una película de ciencia ficción "el núcleo del Cañón de Fernández", lo cual no existe, no hay tal.

Debemos aceptar que es poco el conocimiento sobre la forma de gestionar un ÁNP. En este mismo tenor, se siguen diciendo mentiras, porque, aunque han corregido y ya se habla de la zona núcleo, aun se insiste que se trata del Cañón de Fernández, lo cual es una equivocación, el PECF cuenta con varias zonas núcleo, las más extensas protegen áreas frágiles de matorrales que son susceptibles a la erosión y/o que cuentan con una importante biodiversidad que no puede soslayarse ni subestimarse sólo porque se trata de un pedazo de desierto. Únicamente existe una pequeña zona núcleo sobre el bosque de galería, la mayor parte corresponde a una zona de amortiguamiento de "uso público".

Entorno a las zonas núcleo se encuentran las zonas de amortiguamiento, las cuales han sido tratadas como si dentro de ellas se pudiera hacer cualquier cosa, esto es un craso error. Las ANP de México, sean federales, estatales o municipales deben contar con un plan de zonificación del área que ocupa, de acuerdo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEGEEPA) y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas, en su capítulo II, Artículo 49, establece que "Para el cumplimiento de los objetivos previstos en la Ley, en relación al establecimiento y manejo de las áreas naturales protegidas, se realizara´ una subdivisión que permita identificar y delimitar las porciones del territorio que la conforman, acorde con sus elementos biológicos, físicos y socioeconómicos, los cuales constituyen un esquema integral y dinámico, por lo que cuando se realice la delimitación territorial de las actividades en las áreas naturales protegidas, ésta se llevará a cabo a través de las siguientes zonas y sus respectivas subzonas, de acuerdo a su categoría de manejo: Las zonas núcleo, que tendrán como principal objetivo la preservación de los ecosistemas a mediano y largo plazo, y que podrán estar conformadas por las siguientes subzonas:"de Protección y de Uso Restringido".

"Las zonas de amortiguamiento, tendrán como función principal orientar a que las actividades de aprovechamiento, que ahí se lleven a cabo, se conduzcan hacia el desarrollo sustentable, creando al mismo tiempo las condiciones necesarias para lograr la conservación de los ecosistemas de ésta a largo plazo, y podrán estar conformadas básicamente por las siguientes subzonas: De uso tradicional, de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, de aprovechamiento sustentable de agroecosistemas y de aprovechamiento especial".

Sin duda, la afirmación más grave que se ha hecho, es que las obras no tendrán un impacto negativo sobre el río, no obstante que en la misma Manifestación de Impacto Ambiental se asevera que: "La alteración visual del entorno es la consecuencia de la presencia de nuevas estructuras como es la presa derivadora, la planta potabilizadora, el tendido de las líneas de bombeo y gravedad, así como de las obras provisionales como es el canal de desvío. Los efectos de estas actividades en cuestión de la calidad del paisaje se contemplan como elementos que alteran de forma permanente, a pesar de que algunas actividades son consideradas como obras provisionales, tal es el caso de la extracción de materiales pétreos, razón por la cual se estima que la alteración visual del entorno es un impacto de tipo residual".

Esta descripción es importante porque la alteración del paisaje refleja de forma sistémica los daños ocasionados en el humedal, en la flora y en la fauna de manera permanente. Lo cual interferirá con procesos clave de evolución, reproducción, desove, migración, anidamiento y dispersión de semillas. Para muchos ecólogos el impacto más severo ocurre cuando se impacta de manera severa y permanente la calidad del paisaje. Pero existen otros impactos estrechamente relacionados:

La extensión y el impacto dependen en gran medida de los propósitos de la presa y su tamaño en relación con el flujo de la corriente. Los cambios en los vertidos de las presas pueden provocar efectos aguas abajo. Se afectará la morfología del canal aguas abajo. La tasa de cambio en la descarga puede ser un factor importante que aumenta la erosión del río y la subsecuente pérdida de hábitat ribereño. Las presas liberan agua diferente a la recibida. Los arroyos que fluyen pueden ralentizarse y transformarse en charcos de agua floja, que a veces se convierten en entornos lacustres. Una presa de suministro de agua puede disminuir los caudales internos, lo que altera la morfología del corredor del canal, las comunidades bióticas y el hábitat o puede aumentar los flujos, lo que también da lugar a alteraciones en el corredor del cauce.

Las presas afectan a los organismos residentes y migratorios. La interrupción del flujo bloquea o ralentiza el paso y la migración de los organismos acuáticos, lo que a su vez afecta las cadenas alimentarias asociadas con las funciones de los corredores riparios. Sin flujos altos, el limo no se lava de los lechos de grava de los que dependen muchas especies acuáticas para el desove. El movimiento de los peces río arriba puede estar bloqueado por estructuras relativamente pequeñas. El movimiento aguas abajo puede ser frenado o detenido por la presa o su embalse. Fuentes: Mackensie, Ball y Videe 1998, the Federal Interagency Stream (oficina interinstitucional de los Ríos).

No se puede tapar el sol con un dedo, los impactos dentro de una zona de amortiguamiento del PECF serán graves. Luego entonces ¿porqué no moverse a otro lugar?

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