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Vecinos de la colonia 5 de Mayo en Lerdo pedirán acta de Cabildo que permite obra

Los vecinos adelantaron que de no corresponder dicha acta a las obras que se ejecutan, solicitarán la revocación del acuerdo. (EL SIGLO DE TORREÓN)

Los vecinos adelantaron que de no corresponder dicha acta a las obras que se ejecutan, solicitarán la revocación del acuerdo. (EL SIGLO DE TORREÓN)

DIANA GONZÁLEZ

Vecinos de la colonia 5 de Mayo "La Viña" pedirán una copia certificada del acta número 55 correspondiente al dictamen de la Dirección y Comisión de Obras Públicas con fecha del 13 de junio del año 2000, con la cual el Ayuntamiento se basó para permitir la obra de un particular, que impacta directamente en un área verde, un espacio de uso común que es la plaza Manuel Castañeda.

Los vecinos además adelantaron que de no corresponder dicha acta a las obras que se ejecutan, solicitarán la revocación del mencionado acuerdo de Cabildo de hace 21 años.

La Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango establece en su Artículo 41 que "por razones de interés público, plenamente justificadas y con estricto apego a derecho, los acuerdos de Ayuntamiento pueden revocarse por el voto de las dos terceras partes de sus miembros".

La misma ley a la que están sometidos todos los ayuntamientos del estado menciona que se debe tomar en cuenta a los ciudadanos e incluso se menciona la figura del Cabildo abierto en la cual los vecinos pueden participar.

"Queremos platicar con el presidente y que, así como nos extendió la mano cuando andaba en campaña, nos haga el favor de atendernos. Él mismo nos mencionó que le dijéramos que éramos las señoras de Las Campanas, para que pudiera ubicarnos fácilmente", dijeron las vecinas.

La Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango establece en su Artículo 16 que "los ayuntamientos promoverán la participación de sus habitantes para el desarrollo comunitario", mientras que en su Artículo 17 menciona que "los ayuntamientos promoverán entre sus habitantes las formas de participación comunitaria en las tareas que tienen a su cargo, con el objeto de que coadyuven al cumplimiento de sus fines y participen mediante el trabajo y la solidaridad en el desarrollo vecinal, cívico y en el beneficio colectivo del Municipio. Los Ayuntamientos adoptarán la figura de cabildo abierto, entendiéndose por ella a la sesión plenaria en la que los ciudadanos puedan participar, atendiendo a las disposiciones que para tal efecto expidan los Ayuntamientos", cita textualmente la normativa vigente.

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