Ayer sesionó el Tribunal Electoral, donde la resolución determinó reasignar dos regidurías.
El Tribunal Electoral de Coahuila, revocó la regiduría al alcalde de Matamoros Horacio Piña Ávila, al determinar que se cometió una violación al Código Electoral, puesto que en su caso la reelección se contempla únicamente para la alcaldía y no para ocupar otro cargo de elección popular.
También se determinó la resignación de la regiduría al Partido Fuerza por México, pues se concluyó que no se cumplió con el principio de paridad de género.
Por unanimidad se votó el proyecto donde se expuso lo anterior y que presentó la magistrada Verónica Félix Neira en donde se estableció un plazo de 3 días como máximo para que el Comité Municipal del Instituto Electoral de Coahuila (IEC) notifique a los interesados y en su defecto entregue las constancias de mayoría a quienes de acuerdo a la reasignación integrarán del Cabildo que entra en funciones a parte del primero de enero del 2022.
Los medios de impugnación, fueron presentados por el Partido Fuerza por México al considerar irregularidad en la asignación de las regidurías, por el principio de representación proporcional.
En la lectura del proyecto que se presentó al Tribunal se consigna que además la autoridad responsable no respetó el orden de prelación de los formatos presentados por los partidos políticos para la asignación de los escaños de representación proporcional (RP); "Se debe designar el cargo de acuerdo a la lista de prelación y no por mandato directo", se especificó.
En ese sentido de acuerdo a la resolución; Silvia Cristina Arellano, candidata a alcaldesa por Fuerza por México, se queda con la quinceava regiduría, en lugar de Sergio Silveti Ayup, en tanto que Horacio Piña Ávila, postulado por el PVEM y que ocuparía la catorceava regiduría será sustituido por Salvador García.
En cuanto al tema de la reelección se especificó que la ley establece que la persona contienda por el mismo cargo, que en este caso es como alcalde, por lo tanto al integrar el Cabildo, ya se como sindico o regidor contrapone lo estipulado en el Código Electoral.
"La reeleción supone que la persona que busca la reelección es por el mismo cargo y en este caso dicha persona fue postulada por mayoría relativa a cargo de presidente municipal, pero hay una prohibición que deviene no incluso del régimen actual, sino del régimen previo a la reforma y tiene una razón de ser, por que al introducirse la figura de la reeleción en la Ley Electoral lo que se pretende es que la ciudadanía pueda con su voto premiar o castigar el ejercicio de la función pública, sin embargo esto está sujeto a limitar las condiciones que quedan en el ámbito de legislador local y lo que se pretende con esta prohibición es que un grupo de personas permanezcan en el poder de manera continua por varios periodo electivos únicamente cambiando de un cargo a otro" se especificó en el documento.