La audiencia inicial tuvo lugar este jueves 17 de febrero en el Palacio de Justicia. (ARCHIVO)
Un exactuario de la Junta de Conciliación y Arbitraje de Gómez Palacio, Durango, acusado de cohecho, se salvó -por lo pronto- de ser vinculado a proceso, ya que a consideración del Juez de Control, el delito prescribió.
El Ministerio Público apelará el fallo del juez y podría presentar una queja en contra del juzgador. La audiencia inicial tuvo lugar este jueves 17 de febrero en el Palacio de Justicia, en contra de Juan “N”, por el delito de cohecho en perjuicio de Alfonso “N”, quien lo denunció ante la Fiscalía Anticorrupción del Estado.
El Ministerio Público de la Fiscalía Anticorrupción indicó que los hechos ocurrieron el mediodía del 29 de octubre de 2019, cuando el entonces actuario, Juan “N”, acudió en representación de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, acompañado de Alfonso, a las oficinas de una empresa constructora ubicada por el bulevar Ejército Mexicano, a un costado de la gasolinería de la colonia Hamburgo, toda vez que el denunciante había obtenido un fallo a su favor en contra de la empresa donde laboró y requerían el pago de 135 mil 238 pesos o el embargo para garantizar el pago.
Ante la falta de pago de la empresa, se procedió al embargo con el apoyo de la fuerza pública y tras recoger maquinaria y herramienta diversa de la constructora, Juan le pidió al denunciante 2,500 pesos y al preguntarle por qué tenía que darle ese dinero, el entonces servidor público le dijo que era para darle a los policías municipales.
En las declaraciones de los policías que intervinieron en la diligencia de embargo, estos indicaron no haber tenido conocimiento del cohecho, según los testimonios por escrito que presentó el Ministerio Público de la Fiscalía Anticorrupción, por lo que solicitaban vincular a proceso al imputado.
La defensa de Juan argumentó ante el Juez de Control que el delito ya había prescrito, dado que fue cometido en octubre de 2019, en tanto que el Ministerio Público indicó que el delito de cohecho no prescribe y fundamentó su argumento con base en el Código Nacional de Procedimientos Penales y al Código Penal del Estado.
Ante ambos argumentos, el juez de Control se declinó por el argumento de la defensa y determinó que el delito ya había prescrito, dictando el sobreseimiento del mismo (caso cerrado), por lo que el imputado quedó liberado de la acción penal. El agente del Ministerio Público indicó que apelará la decisión del Juez de Control y es probable que, incluso, la Fiscalía Anticorrupción, presente una queja ante la Judicatura.