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Suspenden tres tramos del Tren Maya

JULIO CÉSAR RAMÍREZ

El Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del 14 circuito confirmó la suspensión definitiva de tres tramos del Tren Maya por violaciones al derecho al medio ambiente sano y dejó sin efectos la autorización ambiental otorgada por la Semarnat a fin de que se aplique el principio precautorio, informó la Asamblea de Defensores del Territorio Maya, Múuch' Xíinbal que en enero de 2021 interpuso un amparo.

En un comunicado fechado en Mérida, Yucatán, la Asamblea y grupo Indignación señalaron que con esta suspensión deben detenerse las obras en tanto se resuelve el juicio de amparo que presentó la asamblea.

El amparo presentado en enero del año pasado también fue por violaciones a sus derechos como pueblo maya originario, como lo es obtener información y participar en las determinaciones que pueden afectar su territorio y recursos naturales, tal y como indica el Acuerdo de Escazú, ratificado en la actual administración.

Hace un año, el Juzgado Cuarto de Distrito paralizó los efectos de la Manifestación de Impacto Ambiental y las obras de los tramos 1, 2 y 3 del Tren Maya, como parte del amparo presentado por Múuch' Xíinbal.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) impugnaron esa resolución, pero el Tribunal Colegiado confirmó la decisión del Juzgado: la MIA regional quedó sin efectos y las obras de los tres tramos deben ser detenidas.

Como se recordará, el 30 de noviembre de 2020, la Semarnat, por conducto de la DGIRA, autorizó al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) la MIA en modalidad regional (MIA-R), para la ejecución del proyecto del Tren Maya en los tramos 1, 2 y 3; que van de Palenque, en Chiapas, a Izamal, en Yucatán.

Ante ese panorama, el 20 de enero del 2021, la Asamblea de Defensores del Territorio Maya, Múuch' Xíinbal, presentó un amparo por las violaciones al derecho al medio ambiente sano y a sus derechos como pueblo maya originario.

Como consecuencia de ese amparo, el Juzgado Cuarto de Distrito determinó conceder la suspensión definitiva: ordenó a la Semarnat y DGIRA dejar sin efectos la MIA-R y detener las obras de la fase 1, basándose, entre otras cosas, en la necesidad de aplicar el principio precautorio o indubio pro natura, pues "existe una incertidumbre sobre el verdadero impacto del proyecto en cuestión, por lo que debe entonces inclinarse la balanza de la justicia a favor de la naturaleza, especialmente al considerar, que su impacto tiene el potencial de trascender a las postreras generaciones y no solo a quienes habitan en la zona, sino incluso a todo el mundo en atención a la interdependencia de los sistemas ecológicos mundiales".

Por ello, el 9 de abril del 2021, Semarnat y DGIRA impugnaron la resolución del Juzgado Cuarto ante el Tribunal Colegiado -recurso de revisión 168/2021-, el cual confirmó la suspensión definitiva, reiterando los argumentos en su momento esgrimidos por el Juzgado Cuarto.

También determinó que "como el titular de la autorización reclamada es el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur Tren Maya Sociedad Anónima de Capital Variable), entonces corresponde a la responsable (Semarnat y DGIRA), ordenar la paralización de los trabajos que tienen como soporte el acto reclamado, de tal manera que ni el citado Fondo como sociedad, ni cualquier particular involucrado con el mismo, puede actuar en ejecución con apoyo en el oficio reclamado."

"En ese sentido, los efectos de la suspensión resultan claros, en cuanto a la precisión de cuáles son las consecuencias del acto reclamado que debían suspenderse, siendo estos el cese o paralización de los trabajos que se autorizaron con motivo del oficio de manifestación de impacto ambiental, que implicara deforestación o puesta en riesgo de especies animales y vegetales autóctonas de los territorios del Estado; de ahí la necesidad de que la responsable ordene al titular de la autorización el cese de sus trabajos".

De lo anterior -enfatizan la Asamblea y grupo Indignación-, se interpreta que la suspensión opera en relación a los tres tramos correspondientes a la fase 1 del Tren Maya, con lo cual y según lo señalado por el Tribunal, deben detenerse las obras respectivas en tanto se resuelve el juicio de amparo presentado por Múuch' Xíinbal.

Frente a estos hechos, puntualizan que, pese a la resolución del Juzgado, las obras del tren no han cesado: han seguido su curso.

@kardenche

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