
Los espectaculares sobre la Revocación incluso permanecieron el lunes 21 de marzo.
Tras vencer el plazo para que fueran retirados los 11 espectaculares con la propaganda sobre el ejercicio de la Revocación de Mandato del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, e incumplir con el mismo, se hizo una certificación, que se envió a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral en la ciudad de México.
Ramón Vargas Ortega, encargado del despacho de la Vocalía Ejecutiva del INE del distrito 02 Durango, con sede en Gómez Palacio, dijo que serán las instancias electorales de la capital del país quienes determinen qué se procederá con esta situación de desacato.
Comentó que una vez que venció el plazo de las 72 horas en que se notificó a las autoridades municipales, luego de que estos anuncios están en infraestructura urbana y al observar que no se ha retirado, incluso permanecieron este lunes 21 de marzo, ahora hay que esperar para conocer que determina la Comisión de quejas y denuncias del INE.
Expuso que desde el jueves se envió dicho certificado "y estamos a la espera, ya que esta comisión determinará si hay o no multas hacia quien resulte responsable, que pueden ser servidores públicos, pero quien debe saber quién es o quiénes son los responsables de dicha propaganda es el ayuntamiento, debido a que son los que dieron el permiso de instalar dicha propaganda, ya que están en suelo municipal", dijo.

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El vocal de la Junta Distrital 06 del INE dice que están listos para la Consulta de RevocaciónReiteró que se le notificó en su momento al ayuntamiento, debido a que la propaganda está en inmobiliario urbano y el ayuntamiento es quien otorga los permisos para la instalación de los espectaculares y ellos deben tenerlos registrados y los permisos y en total son 11 en diferentes partes de la ciudad.
El próximo 10 de abril es la fecha en que se llevará a cabo el ejercicio democrático para la Revocación de Mandato en todo el país, mientras que en el distrito federal 02 Durango, se instalarán 203 casillas en 76 unidades territoriales, además se contará con una casilla especial y se sortearon 20 mil 521 ciudadanos para ser funcionarios de casilla.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió otra queja
La Comisión de Quejas del INE declaró procedente las medidas cautelares solicitadas en contra del presidente de la República por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido; es decir, durante el proceso de Revocación de Mandato.

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A tres semanas de la revocación de mandatoSe estimó que, mediante publicaciones realizadas los días 7, 14, 15 y 17 marzo de 2022 en el perfil de Facebook del Gobierno de México, se difunden síntesis de las conferencias matutinas en las que se advierten logros y/o acciones de gobierno relacionadas con el sistema de seguridad, de obra pública, estímulos fiscales e inversiones públicas, por lo que se considera que encuadran dentro de la categoría de propaganda gubernamental, lo que, en apariencia del buen derecho, se encuentra prohibido durante el proceso de Revocación de Mandato.
Asimismo, el órgano colegiado dictó la procedencia de la tutela preventiva, para el efecto de ordenar al presidente de la República que se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados a logros y actividades de gobierno, que puedan considerarse propaganda gubernamental.
La Comisión de Quejas y Denuncias consideró, a propósito de este asunto, que el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de marzo no es aplicable al proceso de Revocación de Mandato en curso y que inició el 4 de febrero de 2022 con la publicación de la convocatoria respectiva. Lo anterior, además, en concordancia con lo dictado por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en sentencia SER-PSC-33/2022 del pasado 18 de marzo, que estableció que dicho decreto de interpretación no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron, por lo que aun si es vigente dicho decreto el mismo no resulta aplicable en los procesos en curso.
