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Ley de Tabaco

Jurisdicción Sanitaria 6 analiza verificación en Ley contra Tabaco

Revisa el objeto y alcance para estandarizar procesos

Las sanciones para quienes incumplan ya están plasmadas en la ley y serán aplicadas una vez que se modifique el objeto y alcance. (EDIE RUIZ)

Las sanciones para quienes incumplan ya están plasmadas en la ley y serán aplicadas una vez que se modifique el objeto y alcance. (EDIE RUIZ)

ANGÉLICA SANDOVAL

De forma minuciosa, se están analizando las nuevas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco y revisando el objeto y alcance de las actas de verificación, con el fin de estandarizar los procesos y optimizar los recursos humanos en La Laguna de Coahuila.

Miguel Valadez de Alba, coordinador de Regulación y Fomento Sanitario en la Jurisdicción Sanitaria No. 6 con sede en Torreón, dijo que las sanciones para quienes incumplan ya están plasmadas en la ley y que serán aplicadas una vez que se modifique el objeto y alcance.

Están involucradas las mesas de Salud Ambiental, Servicios de Salud, Insumos para la Salud, Bienes y Servicios y Control Sanitario de la Publicidad.

"Seguramente va a ser un objeto y alcance que se va a modificar, al grado tal que el que sale a verificar una farmacia, en su objeto y alcance también vaya a la vigilancia del comercio de tabaco", comentó.

El funcionario indicó que mientras se avanza en lo anterior, la dependencia a su cargo reforzó las actividades de fomento sanitario en los establecimientos. Además, están vigilando que alrededor de 24 empresas, centros sociales, escuelas y dependencias gubernamentales, que están certificados como Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco, continúen con la promoción de ambientes de convivencia más sanos y permitan el incremento de calidad y productividad de las personas.

"Definitivamente se tienen que hacer algunos ajustes a las órdenes de trabajo, que es el documento del cual se desprende un acta de verificación para poder hacer las visitas correspondientes a los diferentes establecimientos.

Tiene que hacerse un ajuste necesario por el hecho de que hay una mayor diversificación de establecimientos e inclusive, el comercio informal, que es donde sabemos que se vende producto. Ahorita nuestra labor va a ser continuar con la vigilancia y hacer actividades de fomento sanitario compartidas con los padres de familia, con los docentes, con los propietarios de establecimientos", dijo.

SOBRE LA NUEVA REGLAMENTACIÓN

Con la nueva reglamentación, está prohibido consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en espacios de concurrencia, como patios, terrazas, balcones, parques de diversión, áreas de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes.

La ley indica que no se puede fumar en lugares como centros de espectáculos, espacios deportivos, estadios, playas, plazas comerciales, hoteles, hospitales o espacios de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte, por citar algunos. Las zonas para fumar deben ubicarse exclusivamente al aire libre, y contarán con las siguientes características:

Separadas o incomunicadas de espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, además de no ser paso obligado o encontrarse en accesos o salidas. También deben encontrarse en un cerco perimetral de al menos 10 metros de las entradas, salidas o cualquier lugar donde las personas pasen o se congreguen. Se debe prohibir el acceso de menores o mujeres embarazadas.

En recientes días, el secretario de Salud en Coahuila, Roberto Bernal. Gómez, informó que establecerían diálogo con diversos sectores de la población como los restauranteros, a fin de explicarles la implementación de las nuevas disposiciones federales.

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