La Cuenta se aprobó en el Cabildo de Lerdo con 13 votos a favor, uno en contra y una abstención.
En la sesión ordinaria de cabildo número 23, se aprobó por mayoría de votos la Cuenta Pública del Ejercicio 2022 del Municipio de Lerdo; y las modificaciones de los Artículos 25 y 72 de la Ley de Ingresos para el Ejercicio fiscal 2023, mientras que el Artículo 45 fue aprobado por unanimidad, al igual que la reclasificación en cuentas presupuestales de ingresos para el ejercicio fiscal actual, dictámenes emitidos por la Comisión de Hacienda y enviados por el tesorero municipal, Juan Moreno.
La cuenta pública del municipio de Lerdo correspondiente al año pasado será revisada como en el caso de todos los municipios por la Comisión correspondiente en el Congreso del Estado en base al Informe de Resultados de la Entidad de Auditoría Superior del Estado (EASE), que habrá de realizar las observaciones o recomendaciones correspondientes en caso de que las haya, mismas que deberán ser solventadas por el Municipio.
Alina Rivera, síndica municipal, dio lectura al dictamen correspondiente que arrojó un total de ingresos en 2022 de 588.5 millones pesos con 14 centavos desglosados de la siguiente manera: Impuestos (en términos globales) 102 millones; derechos 59.4 millones; productos 220 mil pesos; aprovechamientos 15.5 millones de pesos; participaciones, aportaciones, convenios o incentivos derivados de la colaboración fiscal y fondos distintos de aportaciones fueron 411 millones de pesos. En ese año el Municipio gastó 282 millones de pesos en Servicios Personales.
La cuenta se aprobó con 13 votos a favor, uno en contra y una abstención. Fue la regidora Georgina Solorio quien votó en contra, porque dijo que el tesorero municipal no le ha entregado información solicitada correspondiente a desgloses.
El Artículo 25 de la Ley de Ingresos 2023 fue una modificación en cuanto a ingresos que recibe el Municipio por concepto de vivienda edificada. También aprobado por mayoría.
En cuanto al Artículo 72, trató de una modificación de la misma ley en el sentido de derechos por prestación de servicios, cuotas y tarifas por servicios de prevención social, como exámenes médicos de meretrices, tarjetas de alimentos, exhumaciones, y eventos sociales.
Respecto al Artículo 45, que corresponde al pago de derechos por canalización de casetas telefónicas y postes de la luz, gas o fibra óptica, construcción de tuberías, etc.
De la reclasificación de cuentas, se solicitó al Cabildo la misma en rubros como: productos, enajenación de bienes, arrendamientos de espacios públicos, indemnizaciones y servicios prestados por el Municipio a través de la Dirección Municipal de Salud.