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Habrá 2,259 observadores electorales en Coahuila para estas elecciones

Los ciudadanos recibieron una capacitación y fueron acreditados mediante un proceso de validación

Al ser observador, se puede colaborar para dar transparencia a la elección local, donde se renovará la gubernatura y el Congreso del estado.  (ARCHIVO)

Al ser observador, se puede colaborar para dar transparencia a la elección local, donde se renovará la gubernatura y el Congreso del estado. (ARCHIVO)

FABIOLA P. CANEDO

De acuerdo al Instituto Electoral de Coahuila (IEC), se aprobaron 2,259 solicitudes de ciudadanos interesados en realizar esta actividad durante la jornada electoral del 4 de junio.

Los ciudadanos recibieron una capacitación y fueron acreditados mediante un proceso de validación en el que tuvieron que cumplir con varios requisitos como el no ser militantes de ningún partido político ni tener investigaciones judiciales o penales por algún delito.

Al ser observador, se puede colaborar para dar transparencia a la elección local, donde se renovará la gubernatura y el Congreso del estado.

Un observador electoral es cualquier ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, interesado en conocer el desarrollo y actividades que se realizan antes y durante las elecciones. Son facultados por la ley para observar los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como los actos de la jornada electoral.

Su función es la de observar la instalación de casillas, el desarrollo de la votación, el escrutinio y cómputo de la votación en la casilla, la recepción de escritos de incidencias y protesta, la lectura en voz alta de los resultados en los consejos distritales, la fijación de resultados de la votación en la casilla y clausura de la misma.

Los observadores tienen derecho a observar los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como los que se lleven a cabo durante la jornada de ésta y las sesiones de los órganos electorales; presentarse el día de la Jornada Electoral en una o varias casillas, independientemente del domicilio registrado en la Credencial para Votar; solicitar la información que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades, que será proporcionada siempre y cuando la información no sea reservada o confidencial en los términos de la ley; presentar ante la autoridad electoral un informe de sus actividades.

Entre sus obligaciones, están el no sustituir, obstaculizar ni interferir en el desarrollo y ejercicio de las funciones de las autoridades electorales; no declarar tendencias sobre las opiniones del Proceso Electoral; no externar ofensa, difamación o calumnia en contra de las autoridades electorales o partidos políticos; no declarar el triunfo de cualquiera de las respuestas posibles al Proceso Electoral; no portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidatos o candidatas, posturas políticas o cualquiera de las respuestas del Proceso Electoral.

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