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Hasta 10 años de prisión a exalcalde de Monclova, señala doctor en derecho

No se ha establecido el quebranto económico al erario público municipal

La acusación versa sobre Ejercicio Abusivo de Funciones en su modalidad de Adquisiciones ilegales.

La acusación versa sobre Ejercicio Abusivo de Funciones en su modalidad de Adquisiciones ilegales.

SERGIO A. RODRÍGUEZ

Hasta 10 años de prisión podría alcanzar el expresidente municipal de Monclova Gerardo N por los delitos que la Fiscalía Anticorrupción le imputó ante un juez penal.

La acusación versa sobre Ejercicio Abusivo de Funciones en su modalidad de Adquisiciones ilegales, aunque no se ha establecido el quebranto económico al erario público municipal, explicó el doctor en derecho César García Diosdado.

Precisó que se trata de ejercicio ilegal de atribuciones y facultades, previsto en el artículo 448 del Código Penal, cuya pena privativa de la libertad es de 2 a 5 años de prisión.

El jurista explicó que el delito por sí solo no amerita prisión preventiva, ni con las agravantes que pudiera tener, aunque sí existen dos supuestos, tales como amenazas a testigos o sospecha fundamentada de que el acusado pueda escapar, el juez, por petición de parte, en este caso el Ministerio Público, puede ordenar la prisión preventiva en carácter de necesaria.

Agregó que el delito es del tipo que puede ser solucionado con una medida de salida alterna; la suspensión provisional o que el ex alcalde repare el daño económico al Ayuntamiento y se le otorgue el perdón.

Sin embargo el artículo 449 señala las modalidades agravantes, que dependen de la cuantía del quebranto al erario público. Agregó que al no establecer la Fiscalía un monto de daño, la ley señala que se le debe aplicar al imputado la sanción menor, de 2 a 5 años de cárcel.

García Diosdado explicó que no conoce de las particularidades del caso, pero en base a los delitos imputados y a lo que marca el Código Nacional se puede hacer una idea del proceso.

“Es un análisis jurídico de los supuestos que se presentan, el supuesto delito cometido y las supuestas agravantes” dijo.

Agregó que para considerar aplicarle la medida de prisión preventiva necesaria, el Ministerio Público seguramente acreditó alguno de los supuestos marcados por la ley para dejarlo en la cárcel.

Uno es por la seguridad de los testigos, el otro la del acusado y la posibilidad de que escape.

Agregó que no duda de las acusaciones, pero todo se maneja en supuestos porque así lo establece la ley, se debe considerar inocente al acusado hasta demostrar lo contrario en un juicio, todavía el juez no dictamina que exista el delito y aún no es vinculado.

Si la cuantía es mayor, explico, la penalidad puede oscilar entre los cuatro y los 10 años de prisión, agregó el doctor en derecho.

Dijo que habrá que esperar a que se aporten todos los elementos en el juicio y que el juez establezca si se vincula o no a proceso al acusado.

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Escrito en: exalcalde de Monclova Gerardo García Castillo

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