Esta decisión se dio con la aprobación del proyecto del procedimiento especial sancionador.
Las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social contenidas en el Plan B de la reforma electoral no serán aplicables a los procesos locales de Coahuila y el Estado de México de este año y sientan un precedente para las elecciones federales de 2024, según la resolución de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Lo anterior debido a que dicha reforma, publicada el 27 de diciembre pasado en el Diario Oficial de la Federación incumple con el Artículo 105 Constitucional, al no haberse emitido por lo menos 90 días antes del proceso local que inició el pasado 1 de enero en ambas entidades, donde se renovarán gubernaturas y el Congreso Local en el caso de Coahuila.
Esta decisión se dio con la aprobación del proyecto del procedimiento especial sancionador SRE-PSC-7/2023, relacionado con la denuncia del PRD en contra de Morena, gobernadores y servidores públicos afines a ese partido, precisamente por un acto partidista celebrado en el municipio de Francisco I. Madero, denominado "Unidad y Movilización" el pasado 26 de junio de 2022.
Por este caso, en el acuerdo 145/2022 la Comisión de Quejas y Denuncias del INE emitió medidas cautelares y tutela preventiva que según la resolución de la Sala Especializada del TEPJF, incumplieron el alcalde con licencia de Madero, Jonathan Ávalos Rodríguez y Ricardo Mejía Berdeja, cuando era subsecretario de Seguridad y actual candidato del PT a la gubernatura de Coahuila.
A la denuncia del PRD se sumó la de Jorge Álvarez Máynez por otro acto proselitista en Querétaro, ya que en ambos casos se señala indebida promoción personalizada, uso de recursos públicos, actos anticipados de campaña, vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda y actos de proselitismo vinculados a los procesos locales de 2023 y federal de 2024.
El TEPJF determinó "la imposibilidad de abordar el asunto conforme a la reforma a la Ley de Comunicación Social, y tampoco sería aplicable dicha reforma tratándose del proceso electoral federal puesto que el mismo concepto de propaganda gubernamental ya fue motivo de pronunciamiento por parte de la Sala Superior en la sentencia del proceso de revisión 96/2022".
También resolvió que en los casos denunciados no se cometieron actos anticipados de campaña ni se vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda, pues no se advierten llamados expresos a votar y se aduce al proceso local de Coahuila cuando éste aún no había iniciado.
Tampoco se difundió propaganda gubernamental ni se acreditó la utilización indebida de recursos públicos, aunque se confirma el incumplimiento de las medidas cautelares y tutela preventiva por las dos personas señaladas.
Resolución
Las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social contenidas en el Plan B de la reforma electoral no serán aplicables a los procesos locales de Coahuila y el Estado de México de este año:
*Sientan un precedente para las elecciones federales de 2024, según la resolución de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
*Esta decisión se dio con la aprobación del proyecto del procedimiento especial sancionador SRE-PSC-7/2023, relacionado con la denuncia del PRD en contra de Morena, gobernadores y servidores públicos afines a ese partido.
*A la denuncia del PRD se sumó la de Jorge Álvarez Máynez por otro acto proselitista en Querétaro.