Se busca plasmar en la Constitución que para acceder a un cargo público no tener antecedentes penales por violencia familiar, etc. (EL SIGLO DE TORREÓN)
El Congreso del Estado analizará una iniciativa de reforma constitucional, encaminada a evitar que ocupen cargos públicos de relevancia algunas personas que puedan incurrir o que hayan incurrido en conductas violentas, no solamente en contra de las mujeres sino también en contra de la infancia o en actos de corrupción.
"Lo que estamos haciendo como legisladoras y legisladores es elevar los estándares de honestidad, ética y responsabilidad pública, necesarios para ocupar cargos; así como elevar los criterios de exigencia ciudadana de quienes puedan ser nuestros representantes o funcionarios públicos, privilegiando la conformación de una cultura democrática libre de todo tipo de violencia", explicó la diputada local Sandra Amaya Rosales.
Estos requisitos se prevén establecer en la Constitución Política del Estado para los cargos de titulares del Poder Ejecutivo, Legisladores, Magistrados, consejeros de la Judicatura, presidentes municipales y regidores ya que estos son los que conllevan la más alta responsabilidad social.
"Es una prioridad legislar en favor de todas las víctimas de violencia de género, sabedores de que quien agrede no merece ocupar un cargo público, ni por actos de corrupción", señaló la legisladora morenista.
De esta manera, se busca plasmar en la Constitución que para acceder a un cargo público el no tener antecedentes penales por violencia familiar, delitos contra la intimidad personal, contra la imagen personal, violencia laboral contra las mujeres, violencia obstétrica, violencia por parentesco, violencia institucional, hostigamiento sexual, acoso sexual, abuso sexual, estupro, violación o feminicidio.
Del mismo modo, se pretende perfeccionar uno de los requisitos constitucionales que actualmente cobra vigencia para acceder a un cargo público, específicamente el de no haber sido condenado por la comisión de delito doloso.
Adicionando a no haber sido sentenciado con resolución firme de autoridad judicial competente por la comisión de delito intencional, que amerite pena privativa de la libertad; o por actos de corrupción que ameriten la inhabilitación para ocupar cargos públicos.