La ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández. (ARCHIVO)
La ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, inició dos consultas entre los ministros del pleno para determinar si tiene facultades para suspender la polémica reforma judicial, aprobada en la Cámara de Diputados y que avanza en el Senado.
Hace unos días, magistrados y jueces solicitaron a Piña Hernández que se suspenda el procedimiento de la reforma judicial, con base en la facultad prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, debido a que en la misma se contempla la destitución de los juzgadores y su elección mediante voto popular, lo que consideran violatorio a sus derechos humanos.
En consecuencia, la presidenta de la Corte abrió una consulta a sus compañeros del pleno para que definan si legalmente puede pronunciarse sobre la procedencia de la suspensión de la reforma judicial.
“Se consulta al Tribunal pleno sobre la posibilidad de que la presidencia de este Alto Tribunal, al conocer de un asunto de los previstos en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se pronuncie sobre la procedencia de la o las medidas cautelares que se hagan valer, conforme al apartado III”, señala uno de los acuerdos emitidos por Piña Hernández.
“Se decrete como medida cautelar la suspensión del procedimiento de reforma constitucional, hasta en tanto el pleno de este Máximo Tribunal de la Nación se pronuncie de fondo”, agrega.
Los asuntos fueron asignados de urgencia a la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama, a fin de que formule un proyecto de resolución al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su discusión y votación.
La ministra Piña Hernández también admitió una solicitud de la ministra Yasmín Esquivel Mossa para que la Corte determine el estatus de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (Jufed),misma que se turnó al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien deberá elaborar un proyecto de resolución. “Se admite la solicitud de ejercicio de la facultad prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la cual se admite en términos del apartado III de este acuerdo.
“Dese vista al Consejo de la Judicatura Federal, así como a la Directora Nacional e integrantes de la Directiva Nacional de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, en su carácter de titulares de órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, para que rindan su informe y, en su caso, exhiban los documentos que estimen pertinentes, en términos de lo acordado en el apartado IV de este proveído”.
Ante las consecuencias que podría traer la reforma para el sistema de justicia federal, la Jufed consideró necesario que la Corte se pronuncie sobre la constitucionalidad de la reforma judicial y fije una postura a favor de que se respete la independencia del Poder Judicial.
Indicó que el Poder Reformador de la Constitución como autoridad constitutiva, no tiene facultad constituyente para modificar las normas constitucionales que salvaguardan formal y materialmente la independencia judicial, pues, puntualizó, “sería un contrasentido argumentar que el procedimiento de reforma se controla a sí mismo cuando lo que se vislumbra es una pretensión arbitraria de cooptar o someter al Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de los estados de la República”.
Y añadió: “De ahí la procedencia de la solicitud que, pedimos, se revise en el fondo la constitucionalidad de una norma constitucional que podría entrar en conflicto con los valores y principios fundamentales de la Constitución, como son la independencia judicial, la inamovilidad de las juezas y jueces, y los derechos adquiridos que deben operar en beneficio de la sociedad”.