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PAN deberá registrar a sus candidatos a las alcaldías, señala el IEC

El partido tendrá que definir a sus propios candidatos en 38 municipios

Las candidaturas de partidos y coaliciones deberán aprobarse a más tardar el 30 de marzo.

Las candidaturas de partidos y coaliciones deberán aprobarse a más tardar el 30 de marzo.

MA. ELENA HOLGUÍN

Al haber quedado fuera de la coalición que integraron PRI, PRD y UDC, Acción Nacional deberá registrar de forma individual a sus propios candidatos para las alcaldías en los 38 ayuntamientos de Coahuila, al igual que otros institutos políticos como el Verde y Movimiento Ciudadano, que irán solos en la contienda electoral del próximo 2 de junio.

El calendario electoral establece que el registro de candidaturas de partidos y coaliciones tendrá que llevarse a cabo del 21 al 25 de marzo próximo, que deberán aprobarse a más tardar el día 30, previo al arranque de las campañas que serán un día después.

El consejero presidente del Instituto Electoral de Coahuila, Rodrigo Germán Paredes, informó que el Código Electoral de Coahuila establece un plazo definitivo e improrrogable para el registro de coaliciones de partidos políticos, que en este caso venció el último minuto del martes 9 pasado.

Las propuestas de convenios, como ya se informó, fueron las de la Alianza ciudadana por la seguridad, integrada por los partidos PRI, PRD y UDC; así como la denominada Sigamos haciendo historia en Coahuila, que formalizaron Morena y PT.

La autoridad electoral deberá emitir, a más tardar el próximo día 19 de este mes, las resoluciones sobre dichos convenios de coalición, pero con los partidos que quedaron registrados, de manera que ya no es posible integrar algún otro instituto político.

ACUERDOS DE COALICIÓN ESCAPAN DE REGULACIÓN

Los acuerdos políticos como el que se ventiló públicamente, entre el entonces candidato y ahora gobernador Manolo Jiménez con los dirigentes de partidos de la coalición PRI-PAN-PRD, no se circunscriben a la regulación electoral, ya que estos son más que nada el producto de negociaciones entre los líderes.

Dentro de un proceso electoral está perfectamente determinado y reglamentado el carácter y objeto de las coaliciones electorales.

El consejero presidente del IEC explicó que el convenio de coalición se circunscribe a temas electorales, y debe contener desde los partidos que la integran y para qué proceso electoral estará vigente; el procedimiento de selección de candidaturas de cada partido, así como la plataforma electoral y el programa de gobierno de coalición.

Incluye a qué partido pertenece cada candidatura que se registre por la coalición y quién será el encargado de atender los medios de impugnación que pudieran surgir después de la jornada electoral.

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