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¿La reforma de ley de aguas es posible?

GERARDO JIMÉNEZ GONZÁLEZ

Cuando se reforma una ley que implique cambios, los que se verán afectados protestarán y presionarán para que estos sean menores, mientras que los que ya están afectados por la ley vigente, presionaran para que se cambie a su favor. La reforma a la Ley de Aguas Nacionales (LAN) de 1992 es un ejemplo de lo anterior, que en este breve espacio centraremos la reflexión en el aspecto medular que contiene la ley reformada, partiendo del escenario en el cual ocurre.

La LAN fue promovida por el expresidente Salinas de Gortari, en el contexto de firma del Tratado de Libre Comercio (TLC), que implicaba abrir la economía mexicana a la inversión privada extranjera, para que fluyeran los capitales privados era necesario cambiar el marco normativo que la restringía. Resulta que en ese entonces en México la mitad del país era propiedad ejidal y comunal, que bajo la legislación vigente impedía enajenar este tipo de tierras, de ahí que se emite una Ley Agraria (LA) que posibilita su privatización; lo mismo ocurría con el agua, era propiedad pública y solo se podía concesionar a los particulares, aquella que estaba asociada a las dotaciones ejidales tampoco se podía enajenar.

En el mismo año se reforman ambas leyes: en materia agraria se quitan los candados que impedían la privatización del ejido y en materia hídrica se permite la expedición de concesiones limitando las regulaciones sin que deje de ser propiedad pública, se trataba de abrir la posibilidad de mercantilizar tierras y aguas para formar mercados a los cuales el capital privado accediera para invertir en actividades que incrementaran la productividad y la rentabilidad, sin restricciones legales y con menores riesgos políticos.

El resultado fue que una gran cantidad de tierras ejidales se privatizaron y enajenaron a quienes tenían el capital para adquirirlas, muchas de las veces en condiciones desventajosas para los ejidos y comunidades que dejaban de tener la tutela oficial en aspectos como el crédito y otros apoyos que otorgaba el gobierno, de los cuales dependían las economías campesinas. A la par, la recién creada Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) expedía nuevas concesiones para extraer agua del subsuelo que ampliaran la frontera agrícola, la expansión minera, nuevas actividades industriales o desarrollos inmobiliarios, y permitía las transmisiones de estas y derechos individuales de aguas superficiales en los distritos y unidades de riego. Tales libertades a los particulares en materia de agua permitieron una privatización de facto, que concesionarios extrajeran, lícita e ilícitamente, grandes volúmenes de agua de cuencas y acuíferos, sobreexplotándolos y contaminándolos, violentando la naturaleza y afectando a amplios núcleos poblacionales.

Tres décadas después miles de hectáreas de tierras ejidales, de concesiones de agua del subsuelo y derechos individuales de agua superficial, incluyendo manantiales o arroyos que históricamente eran gestionados por pueblos originarios, fueron acaparadas por empresarios y corporativos empresariales, ocurriendo una concentración monopólica de tierra y agua cuyos volúmenes ingresaron en los procesos productivos dejando atrás una estela de desplazados y afectados hídricos, miles de pequeños productores campesinos, pueblos originarios y habitantes de las ciudades, cuya respuesta fue defenderse y protestar para recuperar o lograr el acceso al agua, ahora concentrada en una reducida élite hidrocrática. Inevitablemente, surgen crisis hídricas regionales que matizan una crisis hídrica nacional, imposible de invisibilizar.

¿Qué fue lo que se reformó? El cambio sustancial de la nueva ley es la centralización que asume el gobierno federal en las decisiones para regular las concesiones de agua. Bajo el argumento válido de que primero es el derecho humano al agua, con una retórica de frenar su mercantilización, será el gobierno quien decidirá sobre los términos de expedición de nuevas concesiones y la reasignación de estas, una mayor fiscalización y sanciones más severas a quien cometa ilícitos como el tráfico o la extracción ilegal de concesiones y volúmenes. Traducido, como el libre mercado del agua no funcionó porque los particulares abusaron de las libertades otorgadas en la LAN de 1992, será el gobierno quien determine finalmente como se manejará este recurso.

Esta reforma no fue del agrado de quienes monopolizaron el agua, que protestaron bloqueando carreteras bajo el argumento de se perderá la seguridad de los derechos y chuecos volúmenes acaparados, y con ello de sus propiedades cuyas actividades económicas dependían del recurso acaparado, crearon una narrativa que en el fondo expresaban su desacuerdo con la centralización que adoptaría el gobierno, una especie de estatización que atentaba contra el libre mercado, no fallido, sino benéfico para ellos.

Por otro lado, los afectados por la LAN protestaron porque no se establecerán nuevos mecanismos que frenen la mercantilización del agua que había conducido a su monopolización privada, que se reconocieran derechos a los pueblos originarios y que permitieran construir una nueva gobernanza del agua democratizando los consejos de cuenca y reconociendo la vigilancia ciudadana a través de contralorías, además de advertir que la centralización podría favorecer la corrupción gubernamental.

No era la reforma esperada para unos y otros, fue la que el gobierno promovió en los márgenes que tuvo para no desatar mayores presiones políticas y bajo su creencia, poco verosímil, enfrentar la crisis hídrica nacional asegurando el abasto a la población. El tiempo lo dirá.

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