¿Sabes qué gastos médicos son deducibles en la declaración anual?
Las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial o profesional, pueden aprovechar las deducciones personales relacionadas con gastos médicos, las cuáles permiten disminuir los ingresos acumulables del ejercicio fiscal y representan un beneficio directo para la economía de las familias.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) subraya que los contribuyentes tienen derecho a deducir diversos servicios y productos médicos. Entre ellos se encuentran honorarios de médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos; gastos hospitalarios; medicinas incluidas en facturas de hospitales; servicios de enfermería; análisis clínicos; prótesis; compra o alquiler de aparatos de rehabilitación; lentes ópticos graduados hasta por 2 mil 500 pesos; y primas por seguros de gastos médicos.
Este beneficio no solo aplica a los gastos propios, sino también a los realizados en favor de familiares directos como cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que estos no hayan percibido ingresos iguales o superiores al salario mínimo anual. De esta manera, se busca aliviar la carga económica de los hogares y garantizar que la salud no se convierta en un lujo inaccesible.
El SAT enfatiza que los pagos deben realizarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o servicios. En el caso de honorarios médicos, es indispensable contar con facturas emitidas por profesionales con título reconocido.
También se consideran deducibles los gastos derivados de incapacidades o discapacidades mayores al 50%, siempre que se cuente con el certificado expedido por instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
Para que las facturas sean válidas, deben especificar el uso correcto del CFDI, ya sea por honorarios médicos, dentales y hospitalarios, por incapacidad o discapacidad, o por primas de seguros de gastos médicos. Además, la clave debe corresponder al medio de pago utilizado. Los contribuyentes pueden verificar esta información en el Visor de deducciones personales disponible en el portal del SAT.
El organismo también recordó que existen gastos que no son deducibles, como medicinas compradas en farmacias, conceptos adicionales incluidos en facturas hospitalarias como florería o cafetería, copagos o membresías de descuento, gastos sin comprobante fiscal emitido en el ejercicio correspondiente y gastos médicos de mascotas.
La recomendación es revisar cuidadosamente las facturas y corroborar que la clave de producto y servicio corresponda a las relacionadas con deducciones personales, evitando errores que puedan invalidar el beneficio.
Este recordatorio del SAT busca fomentar una cultura fiscal que permita a los ciudadanos aprovechar los beneficios disponibles y, al mismo tiempo, garantizar transparencia en el manejo de recursos. Los gastos médicos representan una de las principales preocupaciones de las familias, por lo que las deducciones fiscales se convierten en un mecanismo de apoyo que puede marcar la diferencia en la economía doméstica.