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¿Qué depara la nueva Ley de Aguas en México?

La medida surge para contrarrestar un déficit de más de 102 mil millones de pesos anuales por la sobreexplotación de acuíferos, pero su implementación elevará costos operativos en los sectores público y privado, y requerirá una mayor capacidad.

Imagen: Ramón Sotomayor

Imagen: Ramón Sotomayor

DANIEL GONZÁLEZ TORRES

México enfrenta el “pago” de una gran cantidad de agua a Estados Unidos en el marco del Tratado de Aguas bilateral de 1944, dejando de manifiesto cómo este recurso es un tema de seguridad nacional para los países. 

En septiembre de 2020, en plena pandemia por covid-19, se lanzó en el Chicago Mercantile Exchange (CME) el mercado de derivados más diversificado del mundo, un instrumento financiero ligado al Nasdaq Veles California Water Index (NQH2O) para “gestionar” los riesgos de precios en transacciones de derechos de agua en California. No es la cotización en la bolsa de una empresa, sino un derivado financiero mucho más complejo. 

Por otro lado, recordemos cómo Adam Smith, el padre de la economía, distinguía el valor de uso del valor de cambio, y su principal herramienta de análisis era el agua, donde planteaba que: “alto valor de uso, bajo valor de cambio, siempre y cuando el bien fuera abundante”. Es decir, que el vital líquido cotice con derivados financieros es el reflejo de que el mercado le pone precio a todo aquello que se vuelve escaso. Tomando esto como base, la intención de la nueva Ley de Aguas en México es que este recurso no sea una mera mercancía, sino que sea visto como un derecho humano.

La Cámara de Diputados aprobó el 4 de diciembre de 2025 el decreto que expide la Ley General de Aguas y la reforma a la Ley de Aguas Nacionales, el cual llega cuando el agotamiento de los mantos acuíferos y la degradación de ríos y lagos ya cuestan más de 102 mil millones de pesos al año, que equivale al 0.32 por ciento del producto interno bruto (PIB), según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). 

La reforma, publicada el 11 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), adopta el criterio “in dubio pro aqua” (en caso de duda, a favor del agua), que obliga a favorecer el derecho humano a su acceso cuando exista una duda normativa. También pretende alinearse con estándares internacionales como el de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), establecido en 2010 y que plantea que, en términos económicos, el recurso hídrico deja de ser sólo un insumo para convertirse en una condición jurídica de bienestar y de productividad. 

La intención de esta ley es garantizar el acceso al agua 
como un derecho humano. Imagen: El Universal/ Fernanda Rojas
La intención de esta ley es garantizar el acceso al agua como un derecho humano. Imagen: El Universal/ Fernanda Rojas

IMPACTO EN EL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO

En 2023 se extrajeron 214 mil 227 millones de metros cúbicos de agua en México, donde el 55.6 por ciento correspondió a usos no consuntivos (hidroeléctricas), el 32.2 por ciento al consumo agropecuario y el 12.2 por ciento a industria, servicios y hogares. Es decir, la nueva legislación no sólo se vincula con la población en general, sino con la producción de alimentos y bebidas, la minería, los parques manufactureros, etcétera, que también compiten por el acceso a cuencas con estrés hídrico, complicando la viabilidad de la ley. 

El punto de quiebre para la economía empresarial está en las concesiones. El decreto establece que “los derechos amparados en las concesiones y asignaciones no serán objeto de transmisión” y que en compraventa de predios, fusiones, escisiones o derechos sucesorios, la autoridad reasignará volúmenes acuíferos y emitirá un nuevo título (DOF, 2025). Además, fija un procedimiento expedito con un plazo máximo de 20 días hábiles, lo que pone en riesgo la viabilidad de muchas y distintas actividades económicas y a quienes de ellas viven.

Es decir, obliga a reevaluar los activos de aquellas compañías cuya explotación hídrica es intensiva, por ejemplo, las plantas cerveceras, que ya no pueden asumir que al ser vendido su derecho de uso de agua “viajarán” con el activo. Esto eleva los costos financieros y regulatorios para las unidades económicas, amenazando su funcionamiento.

Por otro lado, la reforma, a través del Fondo de Reserva de Aguas Nacionales, modifica los incentivos económicos al integrarse con volúmenes de agua provenientes de la extinción o cesión de títulos, donde la reasignación tiene que privilegiar el derecho humano al líquido, la seguridad alimentaria y el desarrollo nacional, lo que hace surgir la pregunta: ¿cuál de estas tres variables será la prioridad pública?

Otro costo que surgirá con la ley es el de los sistemas de medición, ya que el decreto ordena a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) promover una Norma Oficial Mexicana (NOM) para actualizarlos, lo que implica invertir en medidores, tratamiento, mantenimiento, etcétera. El efecto financiero se transmitirá a las empresas, pudiendo encarecer sus procesos. 

En el campo, se elevará el precio por unidad producida y, si el 32.2 por ciento del agua se usa en la agricultura, el aumento de gastos en el sector podría ser un tema a seguir de cerca en los próximos años, ya que agricultores y ganaderos tendrán que invertir para ser más eficientes en el riego de cultivos. Sin embargo, mientras lo consiguen, serán financieramente vulnerables, por decir lo menos. 

Agricultores y ganaderos tendrán que optimizar su uso de agua para no encarecer sus procesos, pero mientras lo logran serán financieramente vulnerables. Imagen: El Universal
Agricultores y ganaderos tendrán que optimizar su uso de agua para no encarecer sus procesos, pero mientras lo logran serán financieramente vulnerables. Imagen: El Universal

En las ciudades, la norma también obligará a la modernización y a la reducción de pérdidas, impactando en tarifas y obras públicas. Hogares, municipios y empresas deberán cambiar sus hábitos de consumo y uso del vital líquido. 

De acuerdo al Inegi, en 2022 existían 24 mil 990 obras de tomas de agua para abastecimiento público, de las cuales el 76.8 por ciento (19 mil 201) eran pozos y el 16.3 por ciento manantiales. A su vez, ese mismo año se registraron 623 plantas de potabilización, aunque únicamente el 82.7 por ciento estaban en operación. Con la reciente legislación, el reto será mejorar esa infraestructura.

RETO INSTITUCIONAL

No sólo el trasfondo nacional, sino el global, explican por qué el agua dejó de ser “barata”. La nueva ley busca la sostenibilidad mejorando la medición en su uso y tratando de frenar su acaparamiento. 

Si el decreto logra aplicarse de forma efectiva, México puede comenzar a reducir un costo ambiental anual superior a los 102 mil millones de pesos, pero si la ejecución no funciona como se espera, la reforma hídrica será un obstáculo para el crecimiento económico que se verá reflejado en inversiones, empleo y competitividad regional.

Mientras la capacidad institucional no mejore en términos de vigilancia, sanciones y resolución en materia de conflictos de uso de agua, el problema se podría desplazar a la informalidad y el litigio eternos, como ocurre siempre que existe una sobrerregulación. Al ser un tema vital, el riesgo de una distopía como la de Mad Max no se ve tan irreal si las capacidades del Estado no mejoran para la aplicación de la ley.

La sobrerregulación tiende a orillar las actividades a la informalidad, como es el caso de las tomas clandestinas. Imagen: Jesús Galindo López
La sobrerregulación tiende a orillar las actividades a la informalidad, como es el caso de las tomas clandestinas. Imagen: Jesús Galindo López

danerto@hotmail.com 

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