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Reforma laboral refuerza el derecho a un trabajo digno y libre de violencias en México

Reforma laboral refuerza el derecho a un trabajo digno y libre de violencias en México

Reforma laboral refuerza el derecho a un trabajo digno y libre de violencias en México

FABIOLA PÉREZ-CANEDO

El pasado 15 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto de reforma transversal que introduce modificaciones relevantes a la Ley Federal del Trabajo (LFT), en concordancia con el artículo 123 Constitucional. El objetivo central es robustecer el estándar de trabajo digno o decente en el país, colocando en el centro la protección de los derechos humanos y la creación de entornos laborales libres de violencias.

Entre los cambios más significativos se encuentra el reconocimiento expreso de que el trabajo digno debe desarrollarse en un ambiente respetuoso y seguro. El artículo 2 establece que las normas del trabajo deben propiciar el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, garantizando relaciones laborales en un entorno libre de violencias y con respeto pleno a los derechos humanos.

La reforma también refuerza el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, así como la obligación de que las relaciones laborales se conduzcan sin discriminación. El artículo 3 subraya que el trabajo es un derecho y un deber social, no un artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y la dignidad de quien lo presta. Además, reconoce las diferencias entre hombres y mujeres para alcanzar la igualdad sustantiva ante la ley, asegurando condiciones que garanticen una vida digna y la salud de las y los trabajadores y sus familias.

Uno de los aspectos más relevantes es la incorporación de una obligación legal directa para las personas empleadoras de capacitar a su personal en la prevención y eliminación de las violencias contra las mujeres. El artículo 16 establece que tanto trabajadores como empleadores deberán contribuir al mantenimiento de un entorno laboral libre de discriminación y violencias hacia las mujeres, y que las empresas deberán implementar programas de capacitación específicos en esta materia.

En el mismo sentido, el artículo 56 fortalece la igualdad en las condiciones de trabajo al prohibir exclusiones por razones de género, embarazo o responsabilidades familiares. Se garantiza que las condiciones laborales no podrán ser inferiores a las fijadas en la Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios, iguales para trabajos iguales y libres de cualquier forma de discriminación.

El despacho De la Vega y Martínez Rojas destacó que estas modificaciones representan un cambio estructural en la manera de concebir el cumplimiento laboral.

“Estas reformas amplían el alcance del cumplimiento laboral, trasladando el foco no sólo a las condiciones contractuales, sino también al ambiente organizacional y preventivo en los centros de trabajo”, señaló.

Asimismo, subrayó la importancia de que los centros de trabajo adopten un enfoque preventivo y actualizado. Por ello, mantenerse actualizados en materia de perspectiva de género, igualdad sustantiva, violencia laboral y discriminación resulta de suma relevancia.

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